7.7 Unidad Quirúrgica

El número de quirófanos, camas de recuperación y el tamaño de las áreas de apoyo deben basarse en la carga de trabajo quirúrgica prevista. En la planificación, el tamaño, la ubicación y la distribución de la unidad quirúrgica y los departamentos de apoyo correspondientes deben reflejar el número de pacientes ambulatorios. Esta puede diseñarse como una unidad de cirugía ambulatoria o como una unidad quirúrgica compartida por pacientes hospitalizados y ambulatorios. La unidad quirúrgica debe ubicarse en una posición que evite los pasillos de tránsito.

Cuando se realicen exámenes broncoscópicos o esofagoscópicos a pacientes con tuberculosis pulmonar confirmada o sospechada, la tasa de ventilación de la sala de examen debe determinarse de acuerdo con los requisitos de una habitación de aislamiento para infecciones transmitidas por aire.

Los procedimientos invasivos en pacientes con portación confirmada o sospechada de patógenos infecciosos transmitidos por aire no deben realizarse en quirófanos, sino en habitaciones que cumplan con los requisitos de ventilación de una habitación de aislamiento para infecciones transmitidas por aire o que empleen extracción localizada; si la cirugía debe realizarse en un quirófano, consulte las Directrices para la prevención de la transmisión de Mycobacterium tuberculosis en centros sanitarios de los CDC.

Además, se deben proporcionar las siguientes instalaciones para los quirófanos exclusivos de los hospitales de mayor tamaño:

7.7.A Cirugía

7.7.A1 Quirófanos generales. En las construcciones nuevas, cada sala debe tener una superficie útil de suelo de al menos 400 ft² (37,16 m²), excluyendo armarios y estantes fijos o montados en la pared, con un espacio libre mínimo de 20 ft (6,10 m) entre los armarios y estantes fijos, y se debe establecer un sistema de comunicación entre el servicio de urgencias y la sala de control de la unidad quirúrgica. El equipo de rayos X debe ser capaz de tomar al menos 4 radiografías simultáneamente. En las obras de renovación, se debe hacer todo lo posible por cumplir con las normas mínimas anteriores. Si es imposible cumplir con las normas de superficie anteriores, la autoridad competente puede aprobar una desviación leve de la norma. En ese caso, cada sala debe tener una superficie útil de suelo de al menos 380 ft² (33,45 m²), excluyendo armarios y estantes fijos o montados en la pared, con un espacio libre mínimo de 18 ft (5,49 m) entre los armarios y estantes fijos (para obras de renovación, consulte la Sección 7.7.A6).

7.7.A2 Los quirófanos para procedimientos cardiovasculares, ortopédicos, neurológicos y otros procedimientos especializados requieren más personal y equipo de gran tamaño; estas salas deben tener una superficie útil de suelo de al menos 600 ft² (55,74 m²), excluyendo armarios y estantes fijos o montados en la pared, y un espacio libre de 20 ft (6,10 m). Cuando se realice cirugía cardíaca, es preferible proporcionar, cerca del quirófano o en una zona del bloque quirúrgico donde las condiciones lo permitan, una habitación anexa que funcione como sala cardíaca para almacenar el corazón humano (para garantizar el suministro) y sus accesorios. Cuando se realicen operaciones ortopédicas y neuroquirúrgicas complejas, es preferible proporcionar, cerca del quirófano o en una zona del bloque quirúrgico donde las condiciones lo permitan, una habitación anexa que funcione como sala de almacenamiento para el equipo de gran tamaño utilizado durante las operaciones. Se deben proporcionar conexiones de tuberías y eléctricas adecuadas para las salas cardiovasculares, ortopédicas, neuroquirúrgicas, cardíacas y de almacenamiento. En las obras de renovación, se debe hacer todo lo posible por cumplir con las normas mínimas anteriores. Si es imposible cumplir con las normas de superficie anteriores, la autoridad competente puede aprobar una desviación leve de los requisitos normativos. En ese caso, la superficie neta mínima de un quirófano ortopédico puede ser de 360 ft² (33,48 m²), con un espacio libre mínimo de 18 ft (5,49 m), y la superficie neta mínima para las especialidades cardiovasculares, neurológicas y otras es de 400 ft² (37,16 m²).

7.7.A3 Quirófano de ortopedia. Si se proporciona un quirófano de ortopedia, también se debe proporcionar una sala de almacenamiento para férulas y equipo de tracción además de los requisitos anteriores. La sala de almacenamiento puede ubicarse fuera del quirófano, pero debe estar en una ubicación conveniente; si se utiliza un lavabo para manipular yesos, se debe proporcionar un retenedor de yeso y un sifón de agua.

7.7.A4 Salas de cistoscopia quirúrgica y otras salas de examen uretral. A excepción de los muebles y estantes fijos o empotrados, estas salas deben tener una superficie útil de suelo de al menos 350 ft² (32,52 m²). Se debe proporcionar un espacio libre mínimo de 15 ft² (4,57 m²) entre los muebles y estantes fijos. El equipo de rayos X debe ser capaz de tomar al menos 4 radiografías simultáneamente. En las obras de renovación, las salas de cistoscopia quirúrgica deben tener una superficie útil de suelo de al menos 250 ft² (23,28 m²).

7.7.A5 Para los requisitos de los exámenes endoscópicos, consulte la Sección 9.9.

7.7.A6 El programa funcional puede requerir superficies útiles de suelo, fontanería y sistemas mecánicos adicionales para prestar servicio exclusivo a una o varias de estas salas. Cuando se adapten quirófanos existentes, si las paredes u otras condiciones estructurales hacen imposible aumentar la superficie y el hospital tiene necesidad de ellos, se podrá seguir utilizando los quirófanos.

7.7.B1 Zona de estancia preoperatoria de pacientes. En los hospitales con dos o más quirófanos, se debe proporcionar espacio para el alojamiento y descanso de los pacientes en camilla y de los pacientes ambulatorios que no requieran camilla. Estas zonas deben estar bajo la observación visual directa del personal de enfermería. 7.7.B2 Unidades de Cuidados Postanestésicos (PACU). Cada PACU deberá contar con una estación de medicamentos, lavabos para el lavado de manos, una estación de enfermería con instalaciones para registros clínicos, un fregadero clínico, dispositivos para el lavado de cuñas, camillas y espacio de almacenamiento para suministros y equipamiento. Además, se deberá destinar una superficie de suelo mínima de 80 ft² (7,43 m²) por cada cama diseñada para albergar equipamiento adicional, según se describe en el programa funcional, y una superficie mínima de 4 ft² (1,22 m²) entre camas, así como entre las camas y las paredes adyacentes. Se deberán habilitar habitaciones de aislamiento para pacientes con enfermedades infecciosas. Se adoptarán medidas para garantizar la privacidad de los pacientes, como la instalación de cortinas. En construcciones nuevas, se deberá instalar al menos una puerta de acceso directo desde el bloque quirúrgico hasta la sala de recuperación, sin necesidad de atravesar los pasillos públicos del hospital.

No se requieren habitaciones de aislamiento para infecciones de transmisión aérea en las PACU. Las disposiciones de la sala de recuperación para pacientes portadores de patógenos de transmisión aérea se determinarán mediante la evaluación de riesgos de control de infecciones.

Los aseos para el personal sanitario deberán ubicarse en la zona de trabajo, de modo que el personal esté disponible para atender a los pacientes en todo momento.

Se deberá habilitar al menos una instalación de lavado de manos de accionamiento automático por cada 4 camas, distribuidas de forma homogénea para que todas las camas tengan acceso equitativo a ellas.

7.7.C Zonas de apoyo

Si el programa funcional incluye el servicio de obstetricia, las zonas de apoyo podrán compartirse con este, a excepción del cuarto de trabajo sucio cerrado mencionado en el punto 7.7.C6 y el cuarto de trabajo limpio del punto 7.7.C19. Cuando las zonas de apoyo se compartan con las salas de parto, su diseño deberá evitar el tránsito de pacientes o personal entre los quirófanos y las salas de parto. Se deberán proporcionar los siguientes servicios:

7.7.C1 Una sala de control desde la que se pueda observar a todas las personas y materiales que accedan a la zona.

7.7.C2 Una oficina de jefatura de enfermería o una estación de enfermería.

7.7.C3 Se deberán disponer de forma independiente instalaciones de esterilización rápida u otros equipos de esterilización para uso de emergencia, que serán accesibles de forma cómoda y eficiente desde varios quirófanos. Se habilitará una zona de trabajo e instalaciones para el lavado de manos. Podrán ubicarse otras instalaciones para el procesamiento y esterilización de instrumental reutilizable en otro departamento del hospital, como el departamento de suministros centrales.

7.7.C4 Estación de medicamentos. Se deberán garantizar las condiciones necesarias para el almacenamiento y la dispensación de medicamentos y fármacos de uso habitual. Esto podrá lograrse mediante una unidad o departamento de dispensación de medicamentos, una sala de dispensación automatizada u otros sistemas. Si se recurre a una sala o departamento de dispensación de medicamentos, este estará bajo la supervisión visual del personal de enfermería. Contará con una encimera de trabajo, un fregadero, un frigorífico y un cuarto de almacenamiento con doble cerradura para sustancias controladas, y dispondrá de instalaciones de lavado de manos de acceso cómodo (los fregaderos tipo copa estándar de muchas unidades automatizadas no son aptos para el lavado de manos).

7.7.C5 Instalaciones de lavado prequirúrgico. Se deberán habilitar dos salas de lavado prequirúrgico junto a la entrada de cada quirófano. Si ambas se encuentran próximas a las entradas de los quirófanos, las dos salas podrán dar servicio a dos quirófanos. Las salas de lavado prequirúrgico se ubicarán en posiciones que minimicen las interferencias con el personal, el equipamiento médico o los carros de suministros cercanos. En construcciones nuevas, la sala de lavado prequirúrgico contará con un panel de visión que permita observar el interior del quirófano. Los fregaderos de lavado prequirúrgico se ubicarán en hornacinas alejadas de las principales zonas de tránsito. Las hornacinas estarán situadas fuera de las zonas semirrestringidas o restringidas del bloque quirúrgico. Las salas de lavado prequirúrgico se ubicarán donde no haya fuera de la zona séptica.

7.7.C6 Se deberá habilitar un cuarto de trabajo sucio cerrado de uso quirúrgico exclusivo (o un cuarto de retención de artículos sucios como parte de un sistema de recogida y manipulación de material sucio). Estará ubicado en la zona restringida. El cuarto de trabajo sucio contará con un fregadero clínico o instalación similar, instalaciones para el lavado de manos, encimeras de trabajo y una zona de retención para residuos y ropa hospitalaria usada. En un cuarto utilizado únicamente para la retención temporal de artículos sucios se podrá prescindir del fregadero clínico y las encimeras de trabajo. No obstante, si se omite el fregadero clínico de descarga perimetral, se deberán proporcionar otras instalaciones para la eliminación de residuos líquidos. Este cuarto no tendrá conexión directa con los quirófanos ni con otras salas estériles. Los cuartos de material sucio estarán separados de los cuartos limpios o las salas de almacenamiento.

7.7.C7 Cuarto de trabajo limpio o sala de suministros

a. Se deberá habilitar un cuarto de trabajo limpio para los materiales de suministro limpios antes de su uso o desinfección. Contará con una encimera de trabajo, un fregadero para el lavado de manos, instalaciones de almacenamiento para artículos limpios y una zona para artículos reutilizables. La sala de almacenamiento de suministros estériles estará separada de esta zona. Cuando el cuarto se utilice únicamente para almacenamiento y retención como parte de un sistema de distribución de suministros limpios y estériles, se podrá prescindir de la encimera de trabajo y las instalaciones de lavado de manos. Los cuartos de material sucio estarán dispuestos de forma independiente respecto a los cuartos limpios o las salas de retención.

b. Se deberá proporcionar espacio de almacenamiento adecuado para artículos estériles y limpios; estos espacios contarán con controles de temperatura y humedad y se ubicarán lejos de los pasillos de tránsito cruzado.

c. Un bloque quirúrgico con núcleo estéril se ubicará de modo que las rutas del personal y los materiales desde la zona sucia hasta la zona limpia no se crucen. Cuando se utilicen instalaciones externas al quirófano para procesar los artículos sucios, el proceso de envasado y esterilización de los artículos limpios se diseñará de modo que el flujo de personal y materiales transcurra desde la zona sucia hasta la zona limpia o estéril, sin necesidad de aplicar medidas de pretratamiento ni técnicas de esterilización en ninguna de las dos zonas.

7.7.C8 Instalaciones de almacenamiento de gases medicinales. El almacén principal de gases medicinales podrá ubicarse dentro o fuera de la instalación, de conformidad con la norma NFPA 99. Se deberá proporcionar un cuarto de almacenamiento independiente con capacidad para al menos el suministro de gases medicinales de un día. 7.7.C9 Una sala de trabajo de anestesia para la limpieza, comprobación y almacenamiento de equipo de anestesia deberá contar con mostradores de trabajo, un fregadero y estantes para los cilindros. Se deberá proporcionar almacenamiento independiente para los artículos limpios y los sucios. En construcciones nuevas, la disposición de una sala de trabajo de anestesia, carros de anestesia y otro equipo de anestesia se determinará según el programa funcional y de espacios.

7.7.C10 Sala de almacenamiento para el equipo utilizado en cirugía.

7.7.C11 Vestuarios del personal. Se deberán proporcionar áreas adecuadas para el personal masculino y femenino (médicos tratantes, técnicos, enfermeros y residentes) que trabaja en el bloque quirúrgico. Estas áreas deberán incluir casilleros, instalaciones de baño, inodoros, instalaciones para el lavado de manos y salas para cambiarse por la vestimenta quirúrgica; estas salas se organizarán según un patrón de circulación unidireccional, de modo que el personal que ingresa desde el exterior del bloque quirúrgico pueda acceder a este directamente.

7.7.C12 Sala de descanso del personal e instalaciones sanitarias. Se deberán proporcionar salas de descanso independientes o comunicadas para el personal masculino y femenino. Las salas de descanso se ubicarán de modo que, en la medida de lo posible, el personal no necesite quitarse las prendas exteriores para ingresar, y contarán con fácil acceso a la sala de recuperación.

7.7.C13 Las salas de consulta y de redacción de informes podrán ubicarse en la zona de la sala de descanso.

7.7.C14 Sala de recuperación para pacientes ambulatorios. Cuando el programa funcional incluya cirugía ambulatoria, las áreas de recuperación para pacientes ambulatorios independientes se dividirán en dos categorías: (Categoría I) pacientes que reciben anestesia general y (Categoría II) pacientes que no reciben anestesia general. Estos requisitos se podrán cumplir mediante la disposición de salas independientes. Las áreas de Categoría II deberán garantizar la privacidad de cada paciente y contar con un inodoro para pacientes accesible directamente desde la sala de recuperación para pacientes ambulatorios. Un máximo de dos instalaciones de cirugía menor podrán utilizar la sala de recuperación de pacientes de Categoría II (para pacientes que no reciben anestesia general) como sala de preanestesia del quirófano.

7.7.C15 Vestuarios para pacientes ambulatorios y pacientes de ingreso el mismo día. Cuando el programa funcional designe la cirugía ambulatoria como parte del bloque quirúrgico, se deberán proporcionar salas independientes para que los pacientes ambulatorios se cambien la ropa de calle por la vestimenta de paciente hospitalario y se preparen para el tratamiento. Estas instalaciones deberán incluir un área de espera, casilleros, inodoros y vestuarios. Los vestuarios podrán ubicarse en una sala de retención oculta o en cubículos.

7.7.C16 Se deberán adoptar las disposiciones necesarias en el área de cirugía ambulatoria para el examen de pacientes, consultas, preparación, pruebas y observación de los signos vitales.

7.7.C18 Se deberán proporcionar salas de almacenamiento para el equipo portátil de rayos X, camillas, dispositivos de fijación de fracturas, unidades de calefacción, luces auxiliares y artículos similares. Estas salas se ubicarán lejos de los pasillos y de las zonas de circulación.

7.7.C19 Equipo de limpieza. Se deberá proporcionar equipo de limpieza dedicado exclusivamente al bloque quirúrgico. Este deberá ser accesible directamente desde el bloque quirúrgico e incluirá un fregadero de servicio o desagüe de piso, así como una sala de almacenamiento para suministros y equipo de limpieza.

7.7.C20 Sala de preparación y examen de cortes por congelación. Cuando se requieran los resultados de forma inmediata al finalizar la cirugía y no sea posible demorarlos, esta sala podrá formar parte de un laboratorio general.

7.7.C21 Máquina de hielo. Se deberá proporcionar una máquina de hielo para usos terapéuticos y para uso de los pacientes. El hielo destinado a los pacientes se obtendrá de un dispensador automático.

7.7.C22 Banco de sangre refrigerado.

7.7.C23 Instalaciones refrigeradas de fácil acceso para el almacenamiento de órganos.

7.7.C24 Se deberá proporcionar una sala de almacenamiento para las muestras patológicas antes de su traslado al departamento de patología.

7.31 Normas de Sistemas Mecánicos

7.31.A Generalidades

7.31.A1 Los sistemas mecánicos se diseñarán para cumplir con los requisitos de eficiencia operativa general y costos de ciclo de vida razonables. Los detalles de los costos de los componentes del diseño están interrelacionados y son numerosos (y demasiado específicos) como para enumerarlos por separado. Para obtener los resultados más económicos y eficientes, se deberá seguir el enfoque de ingeniería designado. Los sistemas bien diseñados generalmente pueden alcanzar una mayor eficiencia con un costo adicional mínimo, al tiempo que brindan condiciones más cómodas para los pacientes. Las condiciones climáticas y de uso en las distintas ubicaciones geográficas pueden favorecer el uso de diferentes sistemas en términos de costo y eficiencia. La conservación de energía no deberá comprometer las condiciones de atención y seguridad de los pacientes.

Los equipos mecánicos, eléctricos y de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC) podrán ubicarse en interiores o exteriores, así como en edificios independientes.

7.31.A2 El reacondicionamiento de las instalaciones existentes puede presentar problemas especiales. Cuando las condiciones prácticas y la financiación lo permitan, el aislamiento térmico existente, las zonas climáticas, entre otros elementos, deberán cumplir con los requisitos estándar para alcanzar la máxima economía y eficiencia. Se deberán contemplar trabajos adicionales para cumplir con estos requisitos.

7.31.A3 Las consideraciones de diseño de la instalación deberán incluir el edificio, su orientación, configuración, fenestración y otras características relacionadas con los sistemas energéticos pasivos y activos.

7.31.A4 Durante la implementación, la instalación deberá contar con sistemas de recuperación de calor residual y de energía de refrigeración residual (ventilación, gases de escape, descargas de agua y vapor, torres de refrigeración, incineradores, etc.).

7.31.A5 El diseño de la instalación deberá tener en cuenta mecanismos de conservación de energía comprobados, como los sistemas de volumen de aire variable, la protección contra sobrecargas, el control programado durante los periodos de inactividad (noches y fines de semana) y la utilización de la ventilación natural, la ubicación geográfica y las condiciones climáticas. Se deberán evitar los sistemas que resulten perjudiciales para la conservación de energía a largo plazo y que requieran mayores costos de instalación y mantenimiento.

7.31.A6 Los sistemas de tratamiento de aire deberán contar con ciclos de ahorro energético que hagan un uso racional del aire fresco exterior (los ciclos mecánicos que utilicen aire fresco exterior no podrán prescindir de filtros). En muchas ubicaciones, cuando las condiciones climáticas sean adecuadas, se podrá reducir o apagar la ventilación mecánica y abrir las ventanas para recurrir a la ventilación natural. 7.31.A7 Los equipos mecánicos, los conductos y las tuberías se instalarán sobre dispositivos de aislamiento de vibraciones según sea necesario para evitar vibraciones estructurales inadmisibles.

7.31.A8 Las redes principales de impulsión y retorno y las derivaciones de los sistemas de agua fría, agua caliente y vapor estarán todas equipadas con válvulas para aislar cada derivación de cada sistema. Cada equipo contará con válvulas en ambos terminales, el de impulsión y el de retorno.

7.31.B Aislamiento Térmico y Aislamiento Acústico

7.31.B1 Se instalará aislamiento en los edificios con fines de ahorro energético, seguridad del personal, prevención de la condensación de vapor y reducción del ruido.

7.31.B2 El aislamiento de superficies frías incluirá una barrera de vapor exterior (los materiales que no absorben ni transmiten la humedad podrán prescindir del retardador de vapor). 7.31.B3 El aislamiento, incluidos los acabados decorativos y el aislamiento adherido a las superficies exteriores de los conductos, las tuberías de agua y los equipos, tendrá un índice de propagación de llama no superior a 25 y un índice de desarrollo de humo no superior a 50, según lo determinado por un laboratorio de ensayos independiente de conformidad con la norma NFPA 255.

7.31.B4 Si se utilizan revestimientos interiores de conductos, su recubrimiento deberá estar sellado y cumplir con la norma ASTM C1071. Estos revestimientos interiores de conductos (incluidos el recubrimiento, los adhesivos y el aislamiento de las superficies exteriores de las tuberías de agua y los conductos dentro de los plenums de aire de impulsión) tendrán un índice de propagación de llama no superior a 25 y un índice de desarrollo de humo no superior a 50, según lo determinado por un laboratorio de ensayos independiente de conformidad con la norma NFPA 255. En las obras de renovación, si se modifican los revestimientos interiores de conductos existentes, las juntas y los extremos cortados de los revestimientos deberán reaislarse.

7.31.B5 Las tuberías de servicio de los quirófanos, salas de partos, salas de enfermería, salas de entorno protegido y unidades de cuidados especiales no deberán estar expuestas al aire. Este requisito no se aplicará a las cajas de mezcla ni a los atenuadores acústicos cuyas tuberías de servicio cuenten con un recubrimiento independiente.

7.31.B6 El aislamiento existente en las zonas donde se actualicen los equipos se inspeccionará, reparará o sustituirá debidamente.

7.31.B7 No se instalarán revestimientos interiores de conductos a menos de 15 ft (4,57 m) corriente abajo de un humidificador.

7.31.C Sistemas de Vapor y Agua Caliente

7.31.C1 La capacidad de las calderas se basará en la capacidad nominal neta publicada por el Instituto de Hidrónica o en la capacidad especificada por otra norma nacional aplicable, con el fin de satisfacer las necesidades normales de calefacción, agua caliente y vapor de todos los sistemas y equipos. El número y la disposición de las calderas serán tales que se puedan seguir satisfaciendo las necesidades de la instalación en caso de que una caldera falle o esté fuera de servicio por mantenimiento rutinario. La capacidad de las calderas restantes será suficiente para suministrar agua caliente para uso clínico, alimenticio y de los pacientes; vapor para fines de esterilización y alimentación; y calefacción para quirófanos, salas de partos, salas de cunas, salas de dilatación, salas de recuperación, salas de tratamientos especiales, unidades de enfermería y habitaciones generales de pacientes. No obstante, en las zonas geográficas donde la temperatura de bulbo seco de diseño, según se recoge en la tabla «Condiciones climáticas de los Estados Unidos» del Manual de Diseño de ASHRAE, sea de 25°F (−4°C) o superior durante no menos del 99% de las horas totales de cada temporada de calefacción, no será necesario diseñar una capacidad de reserva para la calefacción de espacios.

7.31.C2 Los accesorios de las calderas, incluidas las bombas de alimentación, las bombas de circulación de agua caliente, las bombas de retorno de condensados, las bombas de aceite y las calderas de calor residual, se instalarán para prestar servicio de reserva.

7.31.D Sistemas de Aire Acondicionado, Calefacción y Ventilación

7.31.D1 Todas las habitaciones y zonas utilizadas por los pacientes en el hospital contarán con sistemas de ventilación. Las tasas de ventilación recogidas en la Tabla 2 se consideran únicamente normas mínimas y no impiden el uso de tasas de ventilación más elevadas y adecuadas. Cuando las condiciones meteorológicas lo permitan, se podrá utilizar ventilación natural en las zonas y habitaciones de pacientes con bajas exigencias de aire acondicionado. Los extractores de aire se ubicarán en el extremo del sistema de extracción y serán fácilmente accesibles. En el caso de las habitaciones para las que no se especifique una tasa de ventilación total mínima, los caudales de aire de impulsión y extracción podrán variar en función de la carga de la habitación hasta llegar a cero. Para las habitaciones recogidas en la Tabla 2 que utilicen sistemas de volumen de aire variable (VAV), las tasas de ventilación mínimas deberán estar dentro de los límites establecidos. Los sistemas de ventilación se diseñarán y equilibrarán de conformidad con los requisitos de la Tabla 2 y las directrices aplicables.

7.31.D2 Los sistemas de extracción podrán combinarse con los dispositivos de recuperación necesarios para el ahorro energético con el fin de mejorar la eficiencia. Siempre que sea posible, se podrán utilizar sistemas de extracción localizada en lugar de sistemas de ventilación por dilución para reducir la propagación de gases nocivos, vapores, humo o neblinas.

7.31.D3 Las tomas de aire exterior se ubicarán a una distancia mínima de 25 ft (7,62 m) de las salidas de extracción de los sistemas de ventilación, las chimeneas de los equipos de combustión, los sistemas de vacío médico-quirúrgicos, las aberturas selladas o las zonas donde se puedan aspirar gases de escape de vehículos u otros gases nocivos. (Podrán requerirse distancias de separación mayores cuando la toma de aire esté en la dirección del viento dominante o cerca de otros edificios). Los respiraderos de extracción y de vacío que se abran por encima de la toma de aire exterior se ubicarán a una distancia mínima de 10 ft (3,05 m) de esta. La parte inferior de las tomas de aire exterior que presten servicio a sistemas centralizados se ubicará lo más alto posible, pero como mínimo a 6 ft (1,83 m) sobre el nivel del suelo. Si se instalan en la azotea, deberán estar como mínimo a 3 ft (91 cm) por encima de esta. Las salidas de extracción en ubicaciones donde pueda producirse contaminación se ubicarán en la azotea y se dispondrán de manera que se minimice la posibilidad de que el aire extraído recircule hacia el interior del edificio. 7.31.D4 En las construcciones nuevas y las renovaciones mayores, el aire de impulsión para los quirófanos y las salas de partos se introducirá a través de salidas de aire de impulsión situadas en el techo, cerca del centro de la zona de trabajo. El aire de retorno se situará cerca del nivel del suelo. Cada quirófano y sala de partos contará con al menos dos entradas de aire de retorno, separadas la mayor distancia posible entre sí. (El diseño tendrá en cuenta la turbulencia y otros factores del movimiento del aire para minimizar el depósito de partículas sobre las superficies estériles). Algunos procedimientos especiales, como el trasplante de órganos, requieren un diseño e instalación especiales y deberán cumplir los requisitos de rendimiento establecidos por las normas aplicables. requisito. Estos diseños especiales deben revisarse caso por caso.

7.31.D5 Las salidas de aire de impulsión de las salas donde se realizan procedimientos con riesgo infeccioso deben situarse en el techo o cerca de este. Las salidas de aire de retorno o de extracción deben situarse cerca del suelo. Se permitirá la instalación en el techo de rejillas de extracción para el sistema de evacuación de gases anestésicos y otras aplicaciones especiales.

7.31.D6 Cada zona donde se utilicen anestésicos por inhalación y analgésicos sometidos a control reglamentario contará con un sistema de evacuación para eliminar los gases residuales. Si se emplea un sistema de vacío, el sistema de recolección de gases se situará en un lugar donde no interfiera con el sistema respiratorio del paciente, y los gases procedentes del sistema de evacuación se expulsarán directamente al exterior. Si el aire de extracción utilizado para la eliminación de gases anestésicos se expulsa directamente al exterior y no forma parte de un sistema de recirculación, el sistema de eliminación de gases anestésicos deberá conectarse al sistema de extracción de aire de la sala. No se requieren sistemas de evacuación en las zonas donde los gases anestésicos se utilicen solo de forma ocasional, como las salas de urgencias y los consultorios odontológicos de atención rutinaria. Hasta la fecha, no se conocen concentraciones aceptables de agentes anestésicos. Debido a la falta de datos específicos, es bastante difícil establecer normas definitivas al respecto. No obstante, cualquier sistema de evacuación deberá diseñarse para eliminar la mayor cantidad posible de gases del entorno interior. En general, se considera que se deben seleccionar equipos anestésicos de bajas fugas, que generen una contaminación mínima en el interior y sean fáciles de mantener.

7.31.D7 La parte inferior de las salidas de aire (de impulsión/retorno) deberá estar al menos a 3 pulgadas por encima del nivel del suelo.

7.31.D8 La eficiencia de filtración de cualquier sistema central de ventilación y aire acondicionado deberá ser igual o superior a los valores indicados en la Tabla 3. (Nota: Esta tabla corresponde a la Tabla 3 de dicha norma, que difiere de las normas nacionales, por lo que se omiten los valores en ella recogidos). Si se requiere una filtración de dos etapas, el filtro de la primera etapa se situará en el lado de corriente arriba del equipo de aire acondicionado; el filtro de la segunda etapa se situará en el lado de corriente abajo de todos los ventiladores. La eficiencia de filtración medida de conformidad con la norma ASHRAE 52-92 corresponderá al valor medio. Los marcos de sujeción de los filtros deberán ser resistentes y duraderos, y estar equipados con juntas de sellado adaptadas a sus dimensiones. Todas las conexiones entre los componentes del filtro y los conductos de aire cerrados contarán con juntas o anillos de sellado para evitar fugas de aire. Se instalarán manómetros en todas las carcasas de filtro que requieran una eficiencia de filtración del 75 % o superior, incluidas las salidas de aire de impulsión que requieran filtros HEPA.

7.31.D9 Si un humidificador de conducto se sitúa en el lado de corriente arriba del filtro terminal, deberá estar al menos a 15 pies (4,57 m) de distancia de este. Los conductos que cuenten con humidificadores de conducto dispondrán de dispositivos para eliminar las gotas de agua arrastradas por la corriente de aire. Se instalará un humidistato de límite alto ajustable en el lado de corriente abajo del humidificador para reducir la posible condensación en el interior del conducto. Todas las tuberías de drenaje se situarán lo suficientemente lejos del humidificador, en el lado de corriente abajo, para garantizar una absorción completa de la humedad. Se deberán utilizar humidificadores de vapor; no se permitirán los humidificadores de pulverización de tipo depósito ni los humidificadores de panel evaporativo.

7.31.D10 Los sistemas de tratamiento de aire deberán diseñarse con una configuración que facilite su limpieza y cumpla los requisitos de la norma NFPA 90A.

7.31.D11 Cuando los conductos de aire atraviesen estructuras de protección diseñadas para blindar contra rayos X, campos magnéticos, campos eléctricos u otros peligros derivados de la radiación, no se deberá comprometer el rendimiento protector de dichas estructuras.

7.31.D12 Se deberán instalar compuertas cortafuegos y compuertas antihumo, cuya ubicación e instalación se ajustarán a las normas NFPA 101 y NFPA 90A, así como a los requisitos específicos aplicables a dichas compuertas. Para evitar que el funcionamiento de las compuertas dañe los conductos, los ventiladores, las propias compuertas y los detectores estarán interconectados. Todas las compuertas se situarán en posiciones accesibles para su operación por parte del personal. La ubicación de todas las compuertas deberá figurar en los planos de diseño. Las compuertas deberán poder controlarse mediante dispositivos detectores de incendio o humo, y no únicamente a través del ventilador de retorno. Se instalará un sistema de interruptores para la reactivación de los ventiladores, de modo que, una vez controlado el incendio, el cuerpo de bomberos pueda utilizar el sistema para la extracción de humo. No obstante, se evitará en la medida de lo posible que el cierre de las compuertas provoque daños en el sistema. Cuando se requieran barreras antihumo, las zonas de calefacción, ventilación y aire acondicionado del diseño real coincidirán con los compartimentos de humo, con el fin de minimizar las penetraciones a través de las barreras (muros) cortafuegos o antihumo.

7.31.D13 Si se mantienen las tasas de ventilación mínimas, se podrán utilizar campanas de extracción o cabinas de seguridad para la extracción rutinaria de la zona. Si los criterios de tasa de ventilación de la Tabla 2 no permiten aportar el aire suficiente para el funcionamiento adecuado de las campanas de extracción y las cabinas de seguridad (cuando estén en uso), se instalará un sistema de aire de compensación (equipado con filtros y precalentadores) alrededor de estos dispositivos para mantener la dirección del flujo de aire y la velocidad de extracción requeridas. El sistema de aire de compensación evitará la entrada de aire exterior sin filtrar o de aire procedente de zonas contaminadas. El sistema de aire de compensación para las campanas de extracción se diseñará de modo que se minimice el “cortocircuito” del aire y se evite la reducción de la velocidad del aire en la campana de captación de contaminantes. 7.31.D14 Las campanas de extracción de laboratorio deben cumplir los siguientes criterios generales: a La velocidad frontal media debe ser de al menos 75 ft/min (0,38 m/s).

b Deben estar conectadas al sistema de extracción del edificio.

c Se debe instalar un ventilador de extracción en el extremo de descarga del sistema.

d Se debe utilizar un sistema de conductos de extracción incombustible y resistente a la corrosión que cumpla los requisitos del uso previsto de la campana de extracción.

7.31.D15 Las campanas de extracción de vapores de laboratorio deben cumplir las siguientes normas especiales:

a Las campanas utilizadas para gases de ácido perclórico y otros agentes oxidantes fuertes, y sus equipos accesorios, deben construirse con superficies especiales de acero inoxidable u otros materiales, y deben estar equipadas con sistemas de lavado y drenaje para la limpieza periódica de los conductos y las campanas. Los equipos eléctricos instalados en estos conductos deben diseñarse con una configuración impermeable. Los lubricantes y sellos no deben contener materiales orgánicos. Cuando el ácido perclórico u otros gases de agentes oxidantes fuertes solo se transfieran de un recipiente a otro, se pueden utilizar campanas de laboratorio estándar y sus accesorios en lugar de la construcción de acero inoxidable.

b En proyectos de nueva construcción y renovación mayor, cada campana utilizada para manipular materiales infecciosos o radiactivos debe tener una velocidad frontal de al menos 90 a 110 ft/min (0,45 a 0,56 m/s) y debe estar equipada con dispositivos de control de volumen de aire independientes de la presión adecuados y alarmas audibles y visuales para alertar al personal sanitario de la parada del ventilador o la reducción del flujo de aire. Cada campana debe estar equipada en el extremo de extracción con un filtro que tenga una eficiencia del 99,97 % (según el método de prueba de ftalato de dioctilo [DOP]), y el filtro debe diseñarse de modo que pueda retirarse, eliminarse y sustituirse de forma segura después de su uso. Los filtros deben ubicarse lo más cerca posible de la campana para minimizar la contaminación de los conductos. Las campanas utilizadas para manipular isótopos radiactivos deben construirse de acero inoxidable u otros materiales expuestos adecuados y deben cumplir los requisitos de la norma NFPA 801, «Instalaciones que manipulan materiales radiactivos». Nota: Los isótopos radiactivos para inyección que no contienen aerosoles ni gases, etc., pueden manipularse en campanas tipo banco limpio según lo permita la Comisión Reguladora Nuclear.

7.31.D16 Las campanas de extracción en los centros de preparación de alimentos que eliminan vapores cargados de grasa deben cumplir con la norma NFPA 96. Todas las campanas de extracción sobre las zonas de cocción deben estar equipadas con filtros de grasa, sistemas de extinción de incendios y controles para ventiladores activados por calor. Deben proporcionarse bocas de limpieza cada 20 ft (6,10 m) y en cada cambio de dirección en los conductos de extracción horizontales que prestan servicio a estas campanas. (Los conductos horizontales que prestan servicio a campanas en paralelo deben mantenerse lo más cortos posible.)

7.31.D17 Los sistemas de ventilación para las salas donde se almacenan agentes anestésicos deben cumplir con la norma NFPA 99, incluidas las disposiciones relativas a la gravedad. Deben seleccionarse sistemas de ventilación mecánica para dichas salas.

7.31.D18 Los sistemas de ventilación para los espacios que albergan esterilizadores de óxido de etileno (ETO) deben diseñarse de la siguiente manera:

a Debe proporcionarse un sistema de extracción exclusivo (no conectado a ningún otro sistema de aire de retorno o extracción); consulte 29 CFR 1910.1047.

b Deben extraerse todas las fuentes de emisiones tóxicas, incluidas la sala que alberga el equipo de esterilización, las zonas de servicio o ventilación, la zona sobre la puerta del esterilizador y la cámara de aireación del esterilizador. Si los tanques de almacenamiento de ETO no se ubican en una zona bien ventilada que no contenga otros equipos, debe instalarse una campana de extracción sobre los tanques. Las válvulas de alivio de seguridad deben ubicarse en una zona bien ventilada y sin equipos o en el exterior del edificio. Los desagües de suelo que prestan servicio al equipo de esterilización, si no se ubican en una zona bien ventilada y sin equipos, deben contar con una campana de extracción (según los códigos locales).

c Asegúrese de que el flujo de aire normal vaya desde el operador del esterilizador hacia la campana de extracción.

d Debe proporcionarse un sistema de conductos de extracción exclusivo para el ETO. La salida de extracción debe ubicarse a al menos 25 ft (7,62 m) de la toma de aire exterior.

7.31.D19 Si el sistema de extracción tiene fugas de aire, deben sonar las alarmas audibles y visuales en la zona de trabajo del esterilizador y en la zona de trabajo de 24 horas.

7.31.D20 Debe proporcionarse suficiente aire exterior a las salas que contienen equipos de combustión para mantener la tasa de combustión del equipo y limitar la temperatura de la sala del equipo de combustión.

7.31.D21 Cuando las condiciones lo permitan, se puede utilizar ventilación natural en zonas sin pacientes, como salas de calderas, zonas de almacenamiento central y espacios similares. 7.31.D22 Se ha reconocido el potencial de ahorro de energía de los sistemas de volumen de aire variable (VAV), y dichos sistemas deben utilizarse en la mayor medida posible.

7.31.D23 Debe prestarse especial atención al tipo de unidades de calefacción y refrigeración, respiraderos y accesorios ubicados en las zonas de residencia de pacientes de los departamentos de tratamiento psiquiátrico. Deben utilizarse los siguientes elementos:

a Las persianas y difusores deben ser de un tipo que impida el alojamiento de objetos extraños. Todos los elementos de fijación expuestos deben ser a prueba de manipulaciones.

b Todos los convectores de sala expuestos y los accesorios de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC) deben tener esquinas redondeadas y deben estar equipados con protectores fijados con pernos a prueba de manipulaciones.

c Los equipos de climatización de la sala deben ser de un tipo que requiera un mantenimiento mínimo.

7.31.D24 Las salas o cabinas utilizadas para la aspiración, tratamientos con aerosoles y otros procedimientos que inducen fácilmente la tos deben contar con sistemas de extracción local; consulte los requisitos de ventilación en la Tabla 2.

7.31.D25 Los sistemas de tratamiento de aire no centrales, es decir, las unidades distribuidas en las salas (unidades fan coil, unidades de bomba de calor, etc.) instaladas para la calefacción y refrigeración de las salas, deben estar equipados con filtros permanentes o sustituibles. Los filtros deben tener una eficiencia de detención por peso mínima del 68 %. Todo el aire exterior debe suministrarse mediante sistemas de tratamiento de aire centrales dispersos equipados con filtros.

7.31.E Sistemas de fontanería y otros sistemas de tuberías

A menos que se especifique lo contrario en el presente documento, todos los sistemas de fontanería deben diseñarse e instalarse de conformidad con el Código Nacional Estándar de Fontanería.

7.31.E1 Los siguientes criterios se aplican a los aparatos de fontanería.

a Los materiales utilizados para los aparatos de fontanería deben ser no absorbentes y resistentes a los ácidos.

b La distancia entre los grifos de los lavabos y piletas debe ser adecuada para evitar la contaminación de los aparatos y de los líquidos contenidos en botellas de vidrio.

c Deben instalarse válvulas de cierre en las instalaciones de lavado de manos para uso diario del personal médico y de enfermería, en todos los lavabos utilizados por los pacientes y en los procesadores de alimentos. Estas válvulas deben poder accionarse sin ayuda de las manos, y sus palancas deben tener una longitud superior a $4\frac{1}{2}$ pulgadas (11,43 cm). Las palancas de las piletas clínicas deben tener al menos 6 pulgadas de largo. Las piletas independientes para lavado quirúrgico y los lavabos destinados al cepillado preoperatorio en quirófanos deben contar con accionamiento manual, por pedal o ultrasónico.

d Las piletas clínicas deben llevar incorporado un sifón, cuya parte superior deberá disponer de un cierre hidráulico visible.

e Las duchas y bañeras deben contar con zonas de tránsito antideslizantes.

7.31.E2 Los siguientes criterios se aplican a los sistemas de suministro de agua potable.

a Los sistemas deben diseñarse para proporcionar la presión de agua necesaria para todos los equipos y aparatos que funcionen en condiciones de demanda máxima. La capacidad de suministro de agua de las tuberías de agua caliente y fría debe determinarse a partir de los aparatos, de conformidad con las normas de ingeniería especificadas. Cuando la relación entre el número de aparatos de fontanería y la superficie ocupada sea superior a la exigida por la ocupación del edificio y el número de aparatos de fontanería supere los 1000, se permitirá utilizar relaciones distintas a los valores prescritos.

b Deben instalarse válvulas en la tubería principal, los ramales principales, los montantes verticales y las derivaciones conectadas a cada aparato del sistema de suministro de agua. Debe instalarse una válvula de cierre en cada aparato. Cuando sea necesario, deben colocarse deflectores adecuados en todas las válvulas.

c Deben instalarse rompedores de vacío en los grifos de manguera y boquillas con conexiones de manguera o tubería destinados a lavabos, piletas de servicio, accesorios de enjuague de cuñas de pacientes y mesas de autopsia.

d Debe proporcionarse un dispositivo de enjuague de cuñas en cada habitación con baño para pacientes hospitalizados; no obstante, podrá omitirse en las salas de pacientes psiquiátricos y alcohólicos ambulatorios.

e No deben instalarse depósitos de almacenamiento de agua potable (tanto fría como caliente) que no se utilicen con frecuencia.

7.31.E3 Los siguientes criterios se aplican a los sistemas de agua caliente.

a La capacidad del sistema de agua caliente debe determinarse sobre la base de las temperaturas y cantidades recogidas en la Tabla 4 (omitida). La temperatura del agua se mide en el punto de uso o en la entrada del equipo.

b Los sistemas de distribución de agua caliente que abastecen a las zonas de tratamiento de pacientes deben mantenerse en circulación constante para proporcionar agua caliente de forma ininterrumpida. La temperatura del agua caliente en las salas de ducha y cuartos de baño debe garantizar un uso confortable, sin superar los 110 ℉ (43 ℃).

7.31.E4 Los siguientes criterios se aplican a los sistemas de drenaje:

a Las tuberías de drenaje procedentes de piletas que viertan residuos ácidos deben estar fabricadas con materiales resistentes a los ácidos.

b Las tuberías de drenaje de algunos contadores automatizados de células sanguíneas deben estar fabricadas con materiales seleccionados cuidadosamente para evitar reacciones químicas entre los residuos de bicarbonato sódico y el cobre, plomo, latón, soldadura y materiales similares.

c En quirófanos, salas de partos, salas de cuidados de enfermería, centros de preparación de alimentos, instalaciones de servicio de comidas, zonas de almacenamiento de alimentos, zonas de servicio principales, salas de procesamiento electrónico de datos, salas de electrónica y otras zonas sensibles, las tuberías de drenaje no deben instalarse en techos ni quedar expuestas dentro de las estancias siempre que sea posible. Cuando sea inevitable la presencia de tuberías de drenaje aéreas expuestas en estas zonas, deben adoptarse las medidas oportunas para evitar la contaminación del espacio por fugas, condensación o caída de polvo.

d No deben instalarse sumideros de suelo en quirófanos ni salas de partos.

e Cuando se coloquen sumideros de suelo en salas de oncología, deberá instalarse una pileta de descarga de flujo horizontal no salpicante en la parte inferior del depósito del sumidero.

f El sistema de drenaje de las mesas de autopsia debe diseñarse de forma que evite las salpicaduras o el desbordamiento sobre el suelo, así como el retrosifonaje, y que sea fácil de limpiar y enjuagar.

g Las aguas residuales del edificio deben verterse a la red de alcantarillado comunitario. Cuando no se disponga de dicho sistema de alcantarillado, el hospital deberá tratar las aguas residuales de conformidad con las normativas locales y estatales.

h Los pozos de grasas de las cocinas deben ubicarse en posiciones a las que se pueda acceder fácilmente sin necesidad de entrar en las salas de preparación o almacenamiento de alimentos. Los pozos de grasas deben tener la capacidad exigida y ser accesibles desde el exterior del edificio sin perturbar las zonas de servicio.

i Cuando se utilicen pozos de grasas de plástico, deben adoptarse medidas que faciliten su acceso y limpieza.

j En las zonas de alimentación y dietética, los sumideros de suelo o piletas de suelo deben ser de un tipo que permita retirar las tapas para su limpieza. Deben instalarse sumideros de suelo o piletas de suelo para la limpieza de suelos junto a todos los equipos “húmedos” (como las máquinas de hielo). Además de las tapaderas de desagüe con colador, debe colocarse una malla de acero inoxidable extraíble para evitar la entrada de residuos de partículas de gran tamaño que puedan causar obstrucciones. Los sumideros y piletas de suelo no deben ubicarse en posiciones en las que sea difícil retirar las tapas para su limpieza.

7.31.E5 La instalación, las pruebas y la certificación de los sistemas de gases medicinales no inflamables y de aire medicinal deben cumplir los requisitos de la norma NFPA 99.

7.31.E6 La instalación de los sistemas de vacío medicinal debe cumplir las disposiciones de la norma NFPA 99.

7.31.E7 Se debe verificar toda la tubería, a excepción de las tuberías de las líneas de control; todas las válvulas deben estar etiquetadas, y se proporcionará un cuadro de válvulas al propietario de la instalación para su registro y consulta.

7.31.E8 Cuando el programa funcional del centro incluya servicios de hemodiálisis, debe proporcionarse agua fría filtrada y en circulación continua. 7.31.E9 Deberán proporcionarse drenajes de condensado para las baterías de refrigeración que puedan limpiarse in situ cuando sea necesario (no es necesario que los drenajes de condensado tengan sifón, salvo que la autoridad local lo exija específicamente). Deberá proporcionarse una separación de aire donde los drenajes de condensado descarguen en los desagües de piso. Deberán proporcionarse elementos calefactores para las tuberías de condensado en las cámaras frigoríficas u otras áreas expuestas a problemas de congelación.

7.31.E10 Los sistemas de fontanería no deberán quedar expuestos por encima de la cabeza ni en las paredes en lugares donde pueda acumularse polvo o aceite, creando problemas de saneamiento, o donde una fuga pueda provocar una posible contaminación de los alimentos.

7.32 Normas eléctricas

7.32.A Disposiciones generales

7.32.A1 Todos los materiales y equipos eléctricos, incluidos los equipos de mando, control y señalización, deberán instalarse de conformidad con NFPA 70 y las secciones aplicables de NFPA 99, y deberán estar incluidos en el listado de conformidad con las normas del distribuidor u otras normas similares.

7.32.A2 Determinados dispositivos eléctricos, incluidas las alarmas y los sistemas de llamada a enfermería y de comunicación, deberán someterse a prueba para demostrar que la instalación y el funcionamiento son normales. Los registros escritos de las pruebas de rendimiento de los sistemas y equipos electrónicos especiales deberán especificar las normas y los criterios pertinentes que se hayan seguido.

7.32.A3 Cuando la interferencia de las líneas eléctricas pueda afectar al procesamiento de datos, o en el caso de equipos de laboratorio automatizados o equipos de diagnóstico, deberán proporcionarse, según sea necesario, transformadores de aislamiento blindados, reguladores de voltaje, filtros, supresores de sobretensiones y otros dispositivos de seguridad.

7.32.B Tableros de control de servicio y de conmutación

Los tableros principales de control de conmutación deberán estar ubicados en áreas separadas de las tuberías y otros equipos mecánicos, y solo deberán ser operados por el personal responsable correspondiente. Los tableros deberán ser cómodos de usar y de fácil acceso para el mantenimiento, estar alejados de los pasillos de tránsito y colocarse en espacios secos y ventilados, libres de gases explosivos y de cualquier material combustible. Los equipos de protección contra sobrecargas deberán funcionar correctamente a la temperatura ambiente de la sala.

7.32.C Tableros de distribución

Los tableros de distribución para los circuitos de alumbrado normal y de equipos deberán estar ubicados en el mismo piso que los circuitos a los que prestan servicio. Los tableros de distribución para los circuitos de emergencia de ramales críticos deberán estar ubicados en el piso donde se encuentren los usuarios principales (quirófanos, partos, salas de cuidados intensivos, etc.). Los circuitos de emergencia para seguridad de la vida también deberán prestar servicio al piso superior o al piso inferior.

7.32.D Alumbrado

7.32.D1 La Sociedad de Ingeniería de Iluminación de Norteamérica (IES) ha publicado normas recomendadas para el alumbrado en los centros de atención sanitaria; los lectores pueden consultar el Manual de IES.

7.32.D2 Los vestíbulos de entrada que conducen a los edificios y las áreas de estacionamiento, así como todos los espacios utilizables dentro de los edificios, deberán contar con el alumbrado necesario.

7.32.D3 Las habitaciones de los pacientes deberán tener iluminación general e iluminación nocturna. Deberá proporcionarse una lámpara de mesa por cada paciente. El interruptor de la lámpara de mesa deberá ser fácil de controlar para el paciente. Se evitarán las lámparas incandescentes y halógenas que generen calor para evitar quemaduras a los pacientes o que se queme la ropa de cama. Las fuentes de luz deberán estar cubiertas con difusores o lentes. Si se utilizan brazos de lámpara móviles, deberán proporcionarse controles mecánicos para evitar que la lámpara entre en contacto con la ropa de cama. Cada habitación de paciente deberá tener al menos una luz nocturna que pueda encenderse y apagarse desde la entrada de la habitación. La iluminación en las áreas de camas de los pacientes de cuidados coronarios y de cuidados especiales deberá permitir al personal médico observar a los pacientes con una luz mínima.

7.32.D4 Además de las luminarias especiales instaladas en las mesas quirúrgicas y en las mesas de partos, los quirófanos y las salas de partos también deberán contar con iluminación general. La iluminación general y la iluminación especial deberán estar en circuitos separados.

7.32.D5 Los pasillos de las unidades de enfermería deberán contar con iluminación general, junto con interruptores que permitan reducir el brillo durante la noche.

7.32.D6 La iluminación para el personal médico y los pacientes deberá cumplir, en general, con las normas de atención sanitaria establecidas en la edición de IES. Deberá considerarse el control de la intensidad luminosa o de la longitud de onda para evitar daños en los ojos de los pacientes (por ejemplo, daños en la retina de bebés prematuros y pacientes con cataratas causados por un brillo excesivo).

Podrán adoptarse muchas medidas para satisfacer los requisitos de iluminación, pero el diseño deberá tener en cuenta la calidad y la cantidad de luz necesarias para lograr eficacia y eficiencia. Dado que aquí se hace referencia a la edición de IES para los niveles de iluminación, deberá fomentarse que los diseñadores utilicen publicaciones que incluyan otros criterios y recomendaciones útiles.

7.32.D7 Deberá prestarse especial consideración a los requisitos particulares de las personas de mediana edad y de las personas ancianas. Deberá minimizarse el uso de niveles de brillo excesivos que dificulten la adaptación visual.

7.32.D8 Deberán proporcionarse luces de examen portátiles o fijas para las áreas de examen, tratamiento y traumatismos.

7.32.D9 Los niveles lumínicos necesarios para el alumbrado del servicio de urgencias deberán ajustarse, en general, a las recomendaciones de IES. El alumbrado de entradas y salidas deberá cumplir los requisitos de NF-PA101.

7.32.E Tomacorrientes

7.32.E1 Cada quirófano y cada sala de partos deberá tener al menos 6 tomacorrientes ubicados cerca de la parte frontal de la mesa de trabajo.

Cada quirófano deberá tener al menos 16 tomacorrientes simples u 8 tomacorrientes dobles. Cuando se utilicen equipos móviles de rayos X que requieran configuraciones eléctricas especiales, máquinas de rayos X, dispositivos láser u otros equipos, deberán proporcionarse tomacorrientes adicionales dedicados a las máquinas de rayos X o a los dispositivos láser. 7.32.E2 Cada habitación de pacientes deberá contar con tomacorrientes dobles de suelo. Se instalará uno a cada lado en la parte frontal de cada cama de paciente; si hay un televisor, uno será para el televisor y el otro se ubicará en la pared. Cuando la estructura o la disposición de la habitación no lo permitan, se podrán omitir los tomacorrientes de la pared exterior. Las salas de enfermería deberán contar con al menos 2 tomacorrientes dobles de suelo por cada moisés. En las áreas de atención mayor definidas por la NFPA99 y la NFPA70, incluidas las áreas de atención especial pediátrica y de recién nacidos, se deberán proporcionar al menos 7 tomacorrientes dobles en la parte frontal de cada cama, es decir, cuna o moisés. Las salas de trauma y recuperación tendrán 8 tomacorrientes dobles cerca de la parte frontal de cada cama. Las salas de exploración y tratamiento del departamento de urgencias contarán con un mínimo de 6 tomacorrientes dobles cerca de la parte frontal de cada cama. Aproximadamente el 50 % de los tomacorrientes de atención mayor y de urgencias deberán estar conectados a la estación del sistema de emergencia y etiquetados. Cada camilla de exploración y tratamiento de atención general y cada mesa de trabajo deberán contar con 2 tomacorrientes dobles.

7.32.E3 Los tomacorrientes dobles de suelo de uso general instalados en todos los pasillos deberán estar espaciados aproximadamente 50 ft (15,24 m) entre sí y ubicados a una distancia máxima de 25 ft (7,62 m) de los extremos del pasillo. Los tomacorrientes instalados en los pasillos de los departamentos de pediatría y psiquiatría deberán ser de tipo seguridad resistente a manipulaciones. Se deberán instalar tomacorrientes especiales dedicados a los equipos de rayos X en los pasillos de las zonas de habitaciones de pacientes, de modo que los equipos móviles se puedan conectar con un cable de 50 ft (15,24 m) o de longitud menor desde cualquier ubicación dentro de las habitaciones de pacientes. Si se utiliza el mismo equipo móvil de rayos X en quirófanos y salas de enfermería, el tomacorriente utilizado para el equipo de rayos X deberá permitir el uso del enchufe en cualquier ubicación. Cuando se utilicen equipos de rayos X recargables o alimentados por batería, se podrán omitir los tomacorrientes especiales para equipos de rayos X.

7.32.E4 Las placas de cubierta de los tomacorrientes eléctricos o los propios tomacorrientes del sistema de emergencia deberán pintarse de un color o con una marca distintiva. Si se utiliza el color como elemento de marcado, se empleará el mismo color en todo el hospital.

7.32.E5 En las salas de diálisis renal, se deberán proporcionar 2 tomacorrientes dobles a cada lado de la cama del paciente o del sillón reclinable. Un tomacorriente doble a cada lado de la cama del paciente deberá estar conectado a la estación de emergencia.

7.32.F Equipos

7.32.F1 En las salas de anestesia por inhalación, todos los equipos y dispositivos electrónicos, tomacorrientes y cableado deberán cumplir con los requisitos de las secciones aplicables de la NFPA99 y la NFPA70.

7.32.F2 La instalación de equipos de rayos X fijos y móviles se realizará de conformidad con los Artículos 517 y 660 de la NFPA70.

7.32.F3 En cada quirófano, sala de tratamiento de emergencia dedicada y sala de visualización de placas radiográficas del departamento de radiología, se deberán instalar negatoscopios o equipos capaces de mostrar al menos 2 placas simultáneamente. Todas las luces de visualización de una sala o espacio deberán proporcionar una iluminación de intensidad y color uniformes.

7.32.F4 Los interruptores de circuito por falla a tierra (GFCI) deberán cumplir con los requisitos de la NFPA70. Si se utilizan interruptores de circuito por falla a tierra en áreas principales, se deberán implementar medidas para garantizar que otros equipos esenciales no se vean afectados por el disparo de los interruptores.

7.32.F5 En áreas como las unidades de tratamiento mayor y las unidades de atención especial, donde los pacientes pueden recibir tratamiento con una sonda invasiva o un catéter conectado al corazón, el sistema de puesta a tierra deberá cumplir con los requisitos de las secciones aplicables de la NFPA99 y la NFPA70.

7.32.F6 Se deberán realizar pruebas en los siguientes departamentos y equipos especiales: unidades de atención mayor, salas de atención a recién nacidos, departamentos de pediatría y adolescencia, unidades de atención psiquiátrica, cirugía, obstetricia, salas de servicio de urgencias, salas de radiografía, departamento de radiología médica, laboratorios, departamento de terapia de rehabilitación, salas de diálisis renal, salas de servicio de terapia respiratoria, salas de datos, farmacia, instalaciones dietéticas, áreas administrativas y públicas, salas de registros médicos, áreas de servicio central, salas de almacenamiento de suministros generales, instalaciones de suministro del servicio de ropa blanca, etc.

Estos departamentos deberán consultarse entre sí para garantizar la compatibilidad entre las necesidades de equipos determinadas por el programa funcional y los requisitos correspondientes de conexión eléctrica y de otros tipos de conexión electrónica.

7.32.F7 Se deberán proporcionar medidas de seguridad especiales para proteger los cables de los equipos frente a riesgos. Siempre que sea posible, se hará todo lo posible por minimizar dichos riesgos.

7.32.G Sistema de llamado de enfermería

7.32.G1 En las zonas de habitaciones de pacientes, se deberá proporcionar como mínimo un sistema de llamado con comunicación bidireccional por cada habitación de pacientes. Se deberá instalar un dispositivo de llamado en cada cama de paciente. Una estación de llamado podrá dar servicio a dos dispositivos de llamado de camas adyacentes. El dispositivo de llamado deberá ser capaz de activar señales visuales en el pasillo de las habitaciones de pacientes, la sala de trabajo limpia, la sala de trabajo de material sucio, la sala de medicamentos, la sala de documentación clínica, el almacén de ropa blanca limpia, la sala de nutrición, el almacén de equipos, la sala de exploración o tratamiento, y la estación de enfermería de la unidad de enfermería. Las unidades de enfermería con varios pasillos deberán contar con señales visuales adicionales instaladas en las intersecciones de los pasillos. En las salas con dos o más estaciones de llamado, se proporcionará una luz indicadora en cada estación. El sistema de llamado de enfermería de cada estación de llamado deberá estar equipado con una luz indicadora que permanezca encendida una vez que se haya activado el circuito de sonido.

7.32.G2 Se deberán proporcionar sistemas de llamado de emergencia de enfermería en todos los aseos, baños y salas de ducha de pacientes hospitalizados. El dispositivo de llamado de emergencia de enfermería deberá poder ser utilizado por un paciente que haya caído al suelo. Un sistema equipado con un cordón de tracción puede cumplir con este requisito. El sistema de llamada de emergencia deberá estar diseñado con señales acústicas y visuales que se activan mediante una señal iniciada en la estación de llamada del paciente, que son diferentes a las del sistema de llamada de enfermería convencional y que solo se pueden desactivar en la propia estación de llamada del paciente. La señal deberá poder activar una alarma sonora en el puesto de enfermería y señales visuales en los pasillos de las habitaciones de los pacientes, así como en otras áreas designadas por el programa funcional. También se deberán instalar dispositivos de llamada de emergencia en las consultas externas y las áreas de tratamiento donde los pacientes puedan quedar incapacitados.

7.32.G3 En las áreas de salas de tratamiento central, recuperación y preparación quirúrgica donde los pacientes reciben atención continua, el sistema de llamada de enfermería podrá consistir en un botón situado junto a la cama o en un dispositivo capaz de emitir una señal visible en la sala de control.

7.32.G4 En cada quirófano, sala de partos, sala de recuperación, sala de exploración o tratamiento de urgencias, unidad de enfermería central, puesto de enfermería, sala de trabajo especial, sala de cateterismo cardíaco, área de pruebas de esfuerzo, sala de triaje, área de cirugía ambulatoria, área de admisión y alta, área de pacientes psiquiátricos (incluidas las salas de aislamiento terapéutico y las salas de seguridad), sala de descanso y los baños que le prestan servicio, baños públicos e instalaciones de ducha, comedor, sala de actividades, sala de medicamentos y sala de exploración y tratamiento, se deberá instalar un sistema de asistencia de emergencia para que el personal sanitario pueda solicitar ayuda. Este sistema deberá mostrar señales visuales y acústicas en las salas de trabajo limpias, salas de trabajo de material contaminado, salas de medicamentos, salas de registro clínico, almacenes de ropa de cama limpia, salas de alimentación, almacenes de equipamiento y salas de exploración/tratamiento donde se instale el sistema, así como en los puestos de enfermería de las unidades de enfermería de las áreas de personal sanitario que cuenten con personal auxiliar al que se pueda convocar para responder a la emergencia.

7.32.G5 En las salas de enfermería central, recuperación y preparación quirúrgica, el sistema de llamadas deberá incluir un dispositivo de alarma de señal de emergencia para solicitar ayuda al personal situado fuera de la unidad.

7.32.G6 No se exigen sistemas de llamada de enfermería en las unidades de enfermería psiquiátrica; no obstante, cuando se instalen, se deberán proporcionar las instalaciones necesarias para que el botón de llamada se pueda abrir o cubrir con facilidad. En las unidades de enfermería psiquiátrica, todos los herrajes deberán estar equipados con elementos de fijación antimanipulación para evitar manipulaciones no autorizadas.

7.32.G7 Se deberá instalar un sistema de llamada de emergencia de enfermería en el baño para pacientes de la sala de radiografía.

7.32.G8 Los baños de la sala de diálisis renal deberán estar equipados con un sistema de llamada de emergencia. Dicho sistema deberá poder activar una señal en el puesto de enfermería.

7.32.G9 Se podrán contemplar otras instalaciones tecnológicas para los sistemas de llamada de emergencia o de llamada de enfermería. Si se utilizan sistemas de transmisión por radiofrecuencia, se deberá tener en cuenta la compatibilidad electromagnética entre las fuentes internas y externas.

7.32.H Instalaciones de servicio de energía de emergencia

Se deberán instalar estaciones de energía de emergencia de conformidad con NFPA99, NFPA101 y NFPA110.

7.32.I Alarma contra incendios

Todos los edificios de atención sanitaria deberán estar equipados con sistemas de alarma contra incendios de conformidad con NFPA101 y NFPA72.

7.32.J Sistemas de telecomunicaciones e información

7.32.J1 Se deberá reservar espacio para los equipos de los sistemas de telecomunicaciones e información.

7.32.J2 Se deberá habilitar una sala para albergar el equipo central. Si el fabricante lo recomienda, se deberán instalar sistemas de aire acondicionado especiales y reguladores de tensión.

Tabla 2 Requisitos de ventilación para las áreas que afectan a la atención al paciente en hospitales e instalaciones de atención ambulatoria¹⁾

Nombre del área Relación de movimiento del aire con las áreas adyacentes²⁾ Mínimo de renovaciones de aire exterior por hora³⁾ Mínimo de renovaciones de aire totales por hora⁴⁾ Todo el aire de extracción se descarga directamente al exterior⁵⁾ Recirculado por unidades de sala⁶⁾ Humedad relativa⁷⁾/% Temperatura de diseño⁸⁾/F(℃)
Áreas quirúrgicas y de enfermería de cuidados mayores
Sala de cistoscopia quirúrgica/operatoria⁹⁾ Salida 3 15 — No 30~60 68~73 (20~23)
Sala de partos⁹⁾ Salida 3 15 — No 30~60 68~73 (20~23)
Sala de recuperación⁹⁾ — 2 6 — No 30~60 70(21)
Cuidados críticos e intensivos — 2 6 — No 30~60 70~75 (21~24)
Sala de tratamiento¹⁰⁾ — — 6 — — — 75(24)
Sala de atención de traumatismos¹⁰⁾ Salida 3 15 — No 45~60 70~75 (21~24)
Almacén de gases anestésicos — — 8 Sí — — —
Sala de endoscopia — 2 6 — No 30~60 68~73 (20~23)
Sala de broncoscopia Entrada 2 12 Sí No 30~60 68~73 (20~23)
Áreas de enfermería
Habitación de pacientes — 2 2 — — — 70~75 (21~24)
Baño Entrada — 10 Sí — — —
Unidad de cuidados de recién nacidos — 2 6 — No 30~60 75(24)
Sala de entorno protegido¹¹⁾ Salida 2 12 — No — 75(24)
Sala de aislamiento para infecciones transmitidas por el aire¹²⁾ Entrada 2 12 — No — 75(24)
Zona de aislamiento o antesala¹¹⁾,¹²⁾ Entrada/Salida — 10 Sí No — —
Trabajo de parto/Parto/Recuperación — 2 2 — — — 70~75 (21~24)
Trabajo de parto/Parto/Recuperación/Posparto — 2 2 — — — 70~75 (21~24)
Pasillo de pacientes — — 2 — — — —
Áreas de apoyo
Radiología¹³⁾

Tabla 2 (continuación)

Nombre del área Relación de movimiento del aire con las áreas adyacentes²⁾ Mínimo de renovaciones de aire exterior por hora³⁾ Mínimo de renovaciones de aire totales por hora⁴⁾ Todo el aire de extracción se descarga directamente al exterior⁵⁾ Recirculado por unidades de sala⁶⁾ Humedad relativa⁷⁾/% Temperatura de diseño⁸⁾/F(℃)
Departamento de rayos X (cirugía/atención primaria y cateterismo) Salida 3 15 — No 30~60 70~75(21~24)
Departamento de rayos X (diagnóstico y tratamiento) — — 6 — — — 75(24)
Cuarto oscuro Entrada — 10 Sí No — —
Laboratorio
General¹⁴⁾ — — 6 — — — 75(24)
Bioquímica¹⁴⁾ Salida — 6 — No — 75(24)
Citología Entrada — 6 Sí No — 75(24)
Sala de lavado de material de vidrio Entrada — 10 Sí — — —
Histología Entrada — 6 Sí No — 75(24)
Microbiología¹³⁾ Entrada — 6 Sí No — 75(24)
Departamento de radiación médica Entrada — 6 Sí No — 75(24)
Patología Entrada — 6 Sí No — 75(24)
Serología Salida — 6 — No — 75(24)
Sala de esterilización Entrada — 10 Sí — — —
Morgue Entrada — 12 Sí No — —
Sala de almacenamiento de cadáveres no refrigerada Entrada — 10 Sí — — 70(21)
Farmacia — — 4 — — — —
Área de diagnóstico y tratamiento
Sala de exploración — — 6 — — — 75(24)
Sala de medicación — — 4 — — —
Sala de tratamiento — — 6 — — — 75(24)
Fisioterapia e hidroterapia Entrada — 6 — — — 75(24)
Sala de trabajo sucia o sala de retención de material sucio Entrada — 10 Sí No — —
Sala de trabajo limpia o sala de retención de suministros limpios — — 4 — — — —
Esterilización y suministros
Sala de esterilización con óxido de etileno Entrada — 10 Sí No 30~60 75(24)

Tabla 2 (Continuación)

Nombre del área Relación de movimiento del aire con las áreas adyacentes²⁾ Mínimo de renovaciones de aire exterior por hora³⁾ Mínimo total de renovaciones de aire por hora⁴⁾ Todo el aire de extracción descargado directamente al exterior⁵⁾ Recirculado por unidades de la habitación⁶⁾ Humedad relativa⁷⁾/% Temperatura de diseño⁸⁾/F (℃)
Sala de equipos del esterilizador Entrada — 10 Sí — — —
Suministros médicos y quirúrgicos principales
Sala sucia o contaminada Entrada — 6 Sí No — 68~73 (20~23)
Sala limpia Salida — 4 — No 30~60 75(24)
Sala de almacenamiento de suministros estériles — — 4 — — (Máximo) 70 —
Áreas de servicio
Centro de preparación de alimentos¹⁴⁾ — — 10 — No — —
Sala de exhibición de mercancías Entrada — 10 Sí No — —
Sala de almacenamiento diario de alimentos Entrada — 2 — — — —
Lavandería, general — — 10 Sí — — —
Ropa sucia (clasificación y almacenamiento) Entrada — 10 Sí No — —
Almacenamiento de ropa limpia — — 2 — — — —
Salas de conductos de ropa sucia y basura Entrada — 10 Sí No — —
Cuarto de cómodos Entrada — 10 Sí — — —
Baño — — 10 — — — 75(24)
Armario de útiles de limpieza Entrada — 10 Sí No — —
  1. Las tasas de ventilación de la tabla incluyen aquellas que afectan directamente la comodidad en la atención al paciente, la asepsia y el control de olores, y se determinan sobre la base de que los establecimientos de atención de salud son principalmente áreas de «no fumar». Donde se permita fumar, las tasas de ventilación deben ajustarse. Para las áreas para las cuales no se indiquen tasas de ventilación específicas en la tabla, las tasas de ventilación se determinarán de conformidad con la Norma ASHRAE 62-1989, Ventilación para una calidad de aire interior aceptable, y el Manual de diseño de aplicaciones de ASHRAE. Las áreas especiales de atención al paciente, incluidas las unidades de trasplante de órganos, las salas de trabajo especiales de las unidades de quemados, etc., deben proporcionar la ventilación adicional adecuada para el control de la calidad del aire. Las normas de OSHA y/o las normas de NIOSH para garantizar la salud y la seguridad del personal de los establecimientos de atención de salud exigen, en todos los casos, tasas de ventilación especiales.

  2. El patrón de flujo de aire de los sistemas de ventilación generalmente debe diseñarse de modo que el aire fluya desde las áreas más limpias hacia las áreas menos limpias. Si se adopta cualquier forma de sistema de volumen de aire variable o de protección contra sobrecargas para ahorrar energía, dicho sistema no deberá alterar la relación de equilibrio de presiones entre los corredores y las habitaciones ni las tasas mínimas de ventilación especificadas en la tabla. Salvo en los casos permitidos por las disposiciones de NFPA90A relativas a los espacios de corredores de salida, en las demás áreas los caudales de aire de infiltración y exfiltración no deberán superar el 15 % del caudal total mínimo de aire por hora o 50 cfm, el valor que sea mayor, según se especifica en la tabla.

  3. Para cumplir los requisitos de extracción, se necesita aire de reposición procedente del exterior. Salvo en ciertas áreas enumeradas en la tabla, la tabla no indica caudales específicos de aire exterior de reposición para cada área. Las buenas prácticas de ingeniería exigen que se suministre aire exterior al sistema de ventilación para equilibrar el caudal de aire de extracción requerido. Mientras el sistema esté funcionando, el caudal mínimo de aire exterior debe mantenerse en un valor constante.

  4. Si el caudal de renovación de aire suministrado tiene por objeto garantizar que la tasa de renovación de aire especificada pueda alcanzarse siempre que el sistema se reinicie en cualquier momento, el caudal de renovación de aire podrá reducirse cuando la habitación esté desocupada. Se deberán proporcionar dispositivos de regulación que garanticen la misma dirección del flujo de aire que antes cuando se reduzca el caudal de renovación de aire. Si no se supera la infiltración o exfiltración máxima permitida en la nota 2) y no se altera el equilibrio de presiones con los espacios adyacentes, el sistema de ventilación en las áreas no designadas como que requieren un control direccional continuo del flujo de aire podrá apagarse cuando el espacio esté desocupado o cuando no se requiera un sistema de ventilación.

  5. El aire de las áreas contaminadas o con olores deberá extraerse al exterior y no deberá recircularse a otras áreas. Téngase en cuenta que ciertas áreas, como las áreas de cuidados especiales para pacientes con enfermedades infecciosas pulmonares y las salas de quemados, requieren una consideración especial para el aire extraído al exterior.

  6. Las unidades de climatización (HVAC) de recirculación para habitaciones son unidades locales que se utilizan principalmente para calentar y enfriar el aire sin desinfectarlo. Debido a que son difíciles de limpiar y pueden aumentar la contaminación, las unidades de recirculación de las habitaciones no deben utilizarse en las zonas señalizadas con la indicación «No». No obstante, si se utilizan filtros HEPA, el aire puede recircularse dentro de habitaciones de aislamiento individuales para lograr el control de infecciones transmitidas por el aire. Las habitaciones de aislamiento y las unidades de atención individual pueden ventilarse mediante unidades de recalentamiento, en las que solo el aire primario introducido desde el sistema central atraviesa la unidad de recalentamiento. Los dispositivos de calefacción o refrigeración por gravedad, como los radiadores o los calefactores por convección, no deben utilizarse en quirófanos ni en otras áreas especiales de atención. Para una descripción de las unidades de recirculación utilizadas en habitaciones de aislamiento, consulte el Apéndice A (omitido).

  7. Los rangos indicados son los valores mínimo y máximo que requieren un control especial.

  8. En las zonas con un rango de temperatura especificado, el sistema de ventilación debe ser capaz de mantener la temperatura en cualquier punto de la habitación dentro de dicho rango. Un valor único indica que la capacidad de calefacción y refrigeración debe poder alcanzar al menos el valor de temperatura especificado. Estos valores se utilizan normalmente cuando los pacientes pueden estar sin ropa y requieren un ambiente más cálido. Cuando la comodidad del paciente y las condiciones médicas lo permitan, esta norma no impide la posibilidad de utilizar temperaturas inferiores a los valores especificados. Las zonas no destinadas a pacientes, como los cuartos de almacenamiento, deben utilizar valores de temperatura adecuados a su función prevista.

  9. Los documentos de criterios de seguridad y salud ocupacional del instituto nacional de investigación relativos a entornos de trabajo con gases anestésicos residuales, vapores residuales y óxido nitroso establecen que, en las zonas donde se utilizan estos diversos gases, se requieren tanto un sistema de extracción localizada (sistema de eliminación de gases residuales) como un sistema de ventilación general.

  10. La sección de traumatología a la que se hace referencia en este documento designa los quirófanos del servicio de urgencias u otras zonas utilizadas para cirugía de emergencia que admiten pacientes traumatizados. La sala de primeros auxilios o «sala de urgencias» utilizada para el tratamiento inicial de víctimas de accidentes puede tener su sistema de ventilación diseñado de acuerdo con el apartado «Sala de tratamiento» de la tabla. Las salas de tratamiento utilizadas para broncoscopia deben tener sus sistemas de ventilación diseñados de conformidad con los requisitos para salas de broncoscopia. Las salas de tratamiento utilizadas para criocirugía con óxido nitroso deben estar equipadas con instalaciones para eliminar los gases residuales.

  11. El flujo de aire de las habitaciones de entorno protegido debe diseñarse especialmente para proteger a los pacientes de la infección por microorganismos infecciosos transportados por el aire (es decir, esporas de Aspergillus) presentes en el entorno general. El patrón de flujo de aire de estas zonas con ventilación especial debe diseñarse de modo que el aire fluya directamente desde la zona de atención al paciente más limpia hacia las zonas menos limpias. Estas habitaciones deben contar con filtros HEPA con una eficacia del 99,97 % para partículas de 0,3 μm en el lado del aire de impulsión. Dichos filtros protegen la habitación de la contaminación causada por la liberación de microorganismos ambientales derivada del mantenimiento de los componentes de ventilación. Pueden utilizarse filtros HEPA de recirculación para aumentar la cantidad equivalente de renovaciones de aire de la habitación. Las habitaciones de entorno protegido requieren sistemas de ventilación de caudal constante. Si el hospital considera que un paciente de una habitación de entorno protegido necesita una habitación de aislamiento para infecciones transmitidas por el aire, debe proporcionársele dicha habitación. No se permiten disposiciones de flujo de aire reversible dentro de la habitación para convertir una habitación de entorno protegido en una habitación de aislamiento para infecciones transmitidas por el aire ni viceversa.

  12. Las habitaciones de aislamiento para infecciones de esta directriz se utilizan para aislar la propagación por el aire de organismos infecciosos como el sarampión, la varicela o la tuberculosis. El diseño del sistema de ventilación de una habitación de aislamiento para infecciones transmitidas por el aire (AII) incluye las instalaciones necesarias para la atención normal del paciente durante los periodos en que no se requiera atención en aislamiento. Para aumentar la cantidad equivalente de renovaciones de aire de la habitación, pueden utilizarse dispositivos de recirculación complementarios en la habitación del paciente; dichos dispositivos no pueden proporcionar el caudal de aire exterior necesario. Si se utilizan filtros HEPA, el aire puede recircularse dentro de cada habitación de aislamiento individual. No se permiten disposiciones de flujo de aire reversible dentro de la habitación para convertir una habitación de entorno protegido en una habitación de aislamiento para infecciones transmitidas por el aire (AII) ni viceversa.

  13. Cuando sea necesario, deben proporcionarse campanas de extracción y dispositivos de extracción adecuados para la eliminación de gases tóxicos o vapores químicos.

  14. El aire de impulsión del sistema de ventilación del centro de preparación de alimentos debe estar interconectado con la campana de extracción o la extracción de emergencia, de modo que el aire que se infiltra desde los pasillos de salida o se exfiltra hacia ellos no infrinja las restricciones sobre pasillos de salida de la NFPA90A, los requisitos de presión de la NFPA96 ni los valores máximos establecidos en la tabla. Cuando el espacio esté desocupado, la cantidad de renovaciones de aire puede reducirse o ajustarse a cualquier rango necesario para el control de olores; véase 7.31.D1.